La AIPI publica la Recomendación 3/2023, esta vez centrada en las dudas detectadas sobre cómo se tienen que diseñar e implementar los canales internos en el ámbito de la Administración General del Estado y sus entidades instrumentales del sector público. Estos canales tienen la finalidad de que, en el marco de una relación profesional o laboral, se puedan presentar comunicaciones sobre infracciones y omisiones que entren en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
La AIPI completa con esta nueva recomendación lo ya indicado en la Recomendación 1/2026, para el diseño e implementación de un Sistema Interno de Información (carácter general) y la Recomendación 2/2026, centrada en el Sistema Interno de Información en la administración local (a partir de una colaboración con la FEMP). En lo relativo a la notificación del RSII ante la AIPI, la Recomendación 3/2026 se complementa con la Guía 1/2026 sobre la notificación del Responsable del Sistema Interno de Información.
Así, el objeto de la Recomendación «no es reiterar los principios generales ya establecidos (…) sino profundizar en los aspectos singulares [en el ámbito de la AGE]: la pluralidad de entidades obligadas con estatutos jurídicos heterogéneos, la configuración y el blindaje institucional del Responsable del Sistema Interno de Información (RSII), la arquitectura técnica del canal y las garantías procedimentales específicas del empleo público».
Concretamente, la recomendación aborda:
- La configuración del RSII en relación con los órganos de inspección y control ministeriales y otras entidades del sector público, donde se ha detectado que puede haber algunos problemas.
- El estatuto de independencia funcional del RSII en organizaciones de estructura jerarquizada. En este sentido, se recomienda que el RSII sea un órgano colegiado de composición técnica y mandato predeterminado, aunque no descarta, para las organizaciones más pequeñas, un RSII unipersonal. Igualmente hace hincapié en la protección de datos y en las cuestiones relacionadas con los conflictos de interés y la coordinación con órganos de control externo.
- El diseño del Canal Interno de Información, tanto en su dimensión técnica como en la gestión de plazos y en la protección efectiva del informante.