Una de las funciones que tanto la Ley 2/2023, de 20 de febrero como el Estatuto de la Autoridad Independiente de Protección del Informante atribuyen a la persona titular de la Presidencia de la AIPI es la elaboración de circulares y recomendaciones donde se establezcan los criterios y prácticas adecuados para el correcto funcionamiento de la Autoridad.
Las circulares serán aprobadas de acuerdo con el procedimiento establecido para la elaboración de disposiciones de carácter general y el Estatuto de la AIPI, y se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
En este apartado están disponibles las Circulares y Recomendaciones elaboradas por la AIPI.