Tipos de Sanciones
Las sanciones previstas en la ley 2/2023 se clasifican en las siguientes:
- Multas: se podrán imponer multas con cuantías diferenciadas según la gravedad; la ley establece márgenes y criterios para su imposición.
- Medidas adicionales: En caso de infracciones muy graves, se podrán imponer medidas complementarias, como la amonestación pública, la prohibición de obtener subvenciones o beneficios fiscales o la prohibición de contratar con el sector público.
Sujetos responsables
Están sujetos al régimen sancionador las personas físicas y jurídicas que cometan las conductas tipificadas como infracciones en la Ley 2/2023; la responsabilidad puede exigirse a los responsables aunque la relación con la entidad haya cesado.
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Las sanciones, tras la firmeza de la resolución en vía administrativa, pueden publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en los supuestos previstos
Criterios de graduación
Las sanciones a imponer se graduarán teniendo en cuenta la naturaleza de la infracción y las circunstancias concurrentes en cada caso.
Entre los criterios de graduación se encuentran algunos como la gravedad del hecho, la intencionalidad del mismo, el resultado económico obtenido, la reincidencia, el daño causado y su reparación.
Prescripción
La ley fija distintos plazos según la naturaleza de la infracción.