Los actos o decisiones adoptados como consecuencia de una comunicación protegida que tengan carácter represivo podrán ser declarados nulos y dar lugar a las correspondientes medidas de reparación.
Inversión de la carga de la prueba en procedimientos judiciales y administrativos
Cuando una persona informante protegida sufra un perjuicio tras realizar una comunicación, corresponderá a quien adoptó la medida acreditar que esta responde a motivos legítimos ajenos a la comunicación realizada.
Medidas de apoyo
Las personas informantes podrán acceder, en los términos previstos legalmente, a medidas de información, asesoramiento, asistencia y apoyo, incluida la certificación de que pueden acogerse a protección.