Principios del Sistema Interno de Información de la AIPI
Los principios del Sistema Interno de Información de la AIPI pretenden contribuir a la consolidación de la confianza de las personas potencialmente informantes, ya que son garantías reales y verificables.
Permite a todas las personas informantes comunicar información sobre las infracciones de manera segura y con garantía de la confidencialidad de la identidad de la persona informante, así como de cualquier tercero mencionado, tanto en la comunicación como en las actuaciones posteriores. Incluso se garantiza, por elección el anonimato.
Igualmente se asegura la protección de datos personales impidiendo el acceso de personal no autorizado.
Permite la presentación de la información por escrito, o verbalmente (en este caso a través del propio formulario web), o de ambos modos (omnicanalidad) y a través de una aplicación segura con acceso restringido que permite la presentación de comunicaciones de forma sencilla y que garantiza la posibilidad de trasladar una comunicación anónima. La información se ofrecerá de forma clara y comprensible.
Además, el canal interno se presenta de forma diferenciada del canal externo de la AIPI y de otros canales de información de otras entidades y organismos, tanto en los documentos de desarrollo de los procedimientos de gestión como en la página web de la Autoridad.
Las funciones de gestión y seguimiento del Sistema Interno de Información se ejercerán con plena independencia funcional, sin sujeción a instrucciones en relación con casos concretos y evitando cualquier situación de conflicto de interés. Esta independencia resulta esencial para preservar la credibilidad del Sistema y asegurar que las decisiones adoptadas se fundamentan exclusivamente en criterios objetivos y en los hechos constatados.
El Sistema Interno de Información debe contar con un responsable designado. Debe poder desarrollar sus funciones de forma independiente y autónoma, y no podrá recibir instrucciones de ningún tipo en su ejercicio.
El Sistema contará con un procedimiento de gestión de las informaciones que operará bajo los principios de diligencia y celeridad y de trazabilidad, con un compromiso de seguimiento, evaluación y rendición de cuentas.
Se garantiza mediante estos principios la protección de las personas informantes siempre que haya actuado de buena fe y con fundamento razonable. Incluye también a las pesronas que han comunicado de forma anónima pero posteriormente hayan sido identificadas.
Igualmente se asegura el respeto de los derechos de las personas afectadas.
Este principio obliga a la AIPI a prestar especial atención para prevenir situaciones en las que la persona informante pueda llegar a sufrir consecuencias negativas relacionadas con la comunicación realizada. para ello se realizará, cuando se considere conveniente, un análisis de riesgos de represalias y se establecerán barreras para evitar represalias.